- La reducción de la temporalidad del PDI al 8% es tramposa, la realidad es que seremos la única Administración Pública con más de un 20% de temporalidad. Todos los contratos temporales, sean del carácter que sean, han de computar en la tasa de temporalidad. Respecto a la estabilización del PTGAS, que esperamos no supere el 8%, no hay motivo para que no sea efectiva mucho antes del 31 de diciembre de 2024, que estipula la Ley.
- La representación del PTGAS y el PDI Laboral en los órganos de gestión y dirección de la Universidad no es proporcional a la importancia de estos colectivos en el funcionamiento de la Institución.
- La eliminación de cualquier figura contractual sin título de doctorado, puede conllevar que solo aquellos con un apoyo económico solvente puedan comenzar su carrera profesional como profesor universitario.
- La propuesta para solucionar la precariedad actual se ha complicado con la eliminación de estas figuras y los mecanismos de promoción interna que se especifican. Ahora se estipula que las Universidades fomentarán las modalidades de contrato predoctoral para docentes no doctores que hayan estado vinculados a la universidad al menos 5 cursos académicos de los últimos 7 años a través de los contratos de profesorado asociado u otros contratos de duración igual o inferior a un año. Recordemos que estos contratos tienen carácter formativo y no laboral.
- Nos preocupa la multitud de diferentes figuras temporales que se podrán crear bajo la tutela de esta Ley, tanto de PDI como de PAS, que provocará situaciones de agravio laboral.
- Se producen también agravios en la valoración de los méritos para la acreditación a figuras estables que deben ser corregidos.
- La no aplicación de las limitaciones de Incompatibilidades para participar en Entidades o empresas basadas en el conocimiento al PDI Laboral y el PTGAS, funcionario o laboral, que en el anterior texto solo reconocían al PDI Funcionario.
- La aplicación del EBEP al PTGAS Laboral.
- Se exime a los CEUs y TEUs del requisito de la estancia para poder acreditar, ahora faltaría esta exención para los Colaboradores.
Font: Notícies del Sindicato de Universidad e Investigación de la UGT-SP (estatal)